En nuestro país, existe documentación legal que sustenta y avala la figura del teletrabajo como modalidad laboral. Por ello, es fundamental que usted, como jefe, considere lo dispuesto en el Código de Trabajo; el Documento técnico del teletrabajo del Instituto Nacional de Seguros; el Reglamento de la Caja Costarricense del Seguro Social en lo pertinente a la seguridad social y los decretos relativos a esta modalidad, de manera especial el Decreto No. 39.225: “Aplicación del Teletrabajo en las Instituciones Públicas”.
En el año 2008 se emitió el primer decreto ejecutivo No. 34.704 “Promoción del Teletrabajo en las Instituciones Públicas”, y desde esa fecha se ha incentivado y promovido la implementación de esta modalidad tanto en el sector público como en el privado.
Asimismo, se optó por esta alternativa ante casos de salud como fue la pandemia de influenza AH1N1 (2009), en el cual se les daba prioridad a las mujeres que se encontraban en estado de embarazo.
En febrero del 2008, Costa Rica aprobó el Plan de Acción sobre la Sociedad de la Información de América Latina y el Caribe eLAC 2010, por medio del cual se comprometió a implementar una serie de medidas tendientes a fomentar la inclusión digital. Entre ellas se encuentra la Meta 57, que se refiere a la promoción del teletrabajo, trabajo móvil y otras formas de trabajo por medio de redes electrónicas, incluyendo los grupos más vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, a través del equipamiento apropiado (software y servicios digitales).
El 12 de agosto del 2009 se aprueba el Decreto Ejecutivo No. 35435 (Decreto)"Implementación del teletrabajo en mujeres que se encuentren en estado de embarazo que presten servicios en instituciones públicas y empresas públicas del Estado y todas las empresas del sector privado", que pretendía contribuir al combate de la pandemia de influenza AH1N1.
El 11 de febrero del 2013 se aprueba el último Decreto Ejecutivo No. 37695 (Decreto) “Promoción del Teletrabajo en las Instituciones Públicas”, el cual deroga el decreto No. 34704. Este decreto tiene por objeto promover y regular el teletrabajo en las Instituciones del Estado, como instrumento para promover la modernización de las organizaciones, la inserción laboral, reducir el gasto en las Instituciones Públicas, incrementar la productividad del funcionario, el ahorro de combustibles, la protección del medio ambiente, y favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, mediante la utilización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
En agosto del 2013 se realizó en Costa Rica el Congreso Internacional de Telework. Como resultado de esta actividad se redactó la Declaración de San José, la Modernización del Estado: el Teletrabajo en la Sociedad del Conocimiento
En agosto del 2019 Costa Rica aprueba la Ley para regular el Teletrabajo, No. 9738, la cual tiene como objetivo promover, regular e implementar el teletrabajo como un instrumento para la generación de empleo y modernización de las organizaciones públicas y privadas, a través de la utilización de tecnologías de la información y comunicación.
Y en julio del 2022 el Gobierno refuerza esta Ley con la Directriz 002-MTSS-MIDEPLAN que impulsa el teletrabajo como una modalidad laboral ordinaria en las instituciones públicas.