¿En qué consiste el hostigamiento sexual?
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Se entiende por acoso u hostigamiento sexual toda conducta sexual indeseada por quien la recibe, reiterada y que provoque efectos perjudiciales en los siguientes casos:
- Condiciones materiales de empleo o de docencia.
- Desempeño y cumplimiento laboral o educativo.
- Estado general de bienestar personal.
- También se considera acoso sexual la conducta grave que, habiendo ocurrido una sola vez, perjudique a la víctima en cualquiera de los aspectos indicados.” (protocolo pág. 7)
“El hostigamiento sexual puede manifestarse por medio de las siguientes conductas:
- Requerimientos de favores sexuales que impliquen:
- Promesa, implícita o expresa, de un trato preferencial, o cualquier condición de ventaja respecto de la situación, actual o futura, de empleo o de estudio de quien la reciba.
- Amenazas, implícitas o expresas, físicas o morales, de daños, represalias o castigos referidos a la situación, actual o futura, de empleo o de estudio de quien las reciba.
- Exigencia de una conducta cuya sujeción o rechazo sea, en forma implícita o explícita, condición para el empleo o el estudio.
- Uso de palabras, símbolos e imágenes de naturaleza sexual, escritas y contenidas mediante documentos o instrumentos tecnológicos u orales, que resulten hostiles, humillantes u ofensivas para quien las reciba.
- Acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseadas y ofensivas para quien los reciba.
- Realización de gestos, ademanes o cualquier otra conducta no verbal de naturaleza o connotación sexual no deseada por la persona que la reciba.” Artículo 4 del Reglamento para prevenir, prohibir, investigar y sancionar el hostigamiento sexual en la Universidad Estatal a Distancia.
“A continuación, se detallan algunas de las conductas que pueden constituir actos de hostigamiento sexual.- Piropos, burlas, chistes o comentarios con contenido sexual no deseados que le generan molestia e incomodidad.
- Preguntas sobre su vida privada y sexual.
- Llamadas telefónicas o correos electrónicos de carácter ofensivo con contenido sexual.
- Imágenes de contenido sexual que le son ofensivas y desagradables.
- Amenazas por no aceptar sus propuestas de tipo sexual y siente miedo.
- Abusos de poder y críticas sin justificación hacia sus labores, como producto de no aceptar las proposiciones.
- Miradas insinuantes, gestos morbosos y/o sugestivos.
- Siente presión para aceptar propuestas indecorosas o invitaciones no deseadas fuera del lugar de trabajo u universidad.
- Recibe roces físicos o acercamientos corporales no deseados.
- Siente presión para realizar actos sexuales a cambio de beneficios o bajo amenazas.
- Estas situaciones de hostigamiento se pueden presentar en los siguientes casos:
- Persona funcionaria contra persona funcionaria
- Persona funcionaria contra estudiante
- Estudiante contra persona funcionaria
- Estudiante contra estudiante
- Persona funcionaria o estudiante contra persona visitante o usuaria de algún servicio de la UNED.” (Tomado del Protocolo para la prevención y denuncia sobre casos de Hostigamiento Sexual en la Universidad Estatal a Distancia.)
Última actualización: 20/06/2023