Principios generales y específicos del proceso de denuncia

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Principios generales que rigen el proceso de denuncia:

  • Debido Proceso: Las personas denunciantes y las denunciadas tienen derechos y garantías que deben ser respetadas. Las dos partes tienen derecho a exponer sus argumentos, aportar pruebas, presentar testigos.
    Las personas denunciantes pueden solicitar medidas de protección y otras acciones que eviten mayores daños.
     
  • Proporcionalidad: quienes tomen la decisión final deben elegir las medidas y sanciones correspondientes, en proporción a la gravedad y a las circunstancias agravantes o eximentes, según los hechos probados.
     
  • Libertad probatoria: Se refiere a que ambas partes tienen una amplia libertad para presentar las pruebas que estimen convenientes y la Comisión Investigadora debe valorar y pronunciarse sobre cada una de ellas.

    (Tomado del Protocolo para la prevención y denuncia sobre casos de Hostigamiento Sexual en la Universidad Estatal a Distancia.)

Principios específicos que rigen el proceso de denuncia

  • Confidencialidad: se prohíbe difundir la información e identidades de las partes involucradas (denunciante-denunciada) durante todo el proceso de investigación de la denuncia.
     
  • Pro-víctima: en el caso de generarse dudas en la apreciación de las pruebas, se inclinará su valoración a favor de la persona denunciante. Esto constituye una acción afirmativa para las personas denunciantes que, dentro del contexto de hostigamiento sexual, se ven limitadas para la presentación de pruebas directas, porque en los actos de hostigamiento sexual, casi nunca están presentes terceras personas o bien los actos se camuflan con conductas lícitas.

    (Tomado del Protocolo para la prevención y denuncia sobre casos de Hostigamiento Sexual en la Universidad Estatal a Distancia.)

Última actualización: 20/06/2023

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