Sobre el Sistema de Control Interno

El N.º 8292 de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, decreta la denominada “LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO”. En le Capítulo II (El Sistema de Control Interno”, artículo #8 detalla: 

ilustracionConcepto de sistema de control interno. Para efectos de esta Ley, se entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos:
a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.
b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.
c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.
d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.



Funciones y metas del SCI

Según el Reglamento de Control Interno de la UNED (art. 9 y 17):

Fomentar y promover el conocimiento en materia de control interno en la Institución, coadyudar con el Jerarca de la Dependencia en la Valoración de la Gestión Administrativa y del Riesgo Institucional en el mejoramiento del SCI
Recomendar ajustes, lineamientos, y herramientas institucionales en materia de control interno, orientados a perfeccionarlo y mantenerlo.
Colaborar con la autoevaluación de la Dependencia, para verificar el cumplimiento, validez y la suficiencia del SCI, y que la misma conduzca al perfeccionamiento del SCI detectando cualquier desvío que aleje a la Universidad del cumplimiento de sus objetivos.


Recursos

Charlas y conversatorios