Con la aprobación del Reglamento de Declaratoria de Catedrático en la UNED, se regula el procedimiento y los requisitos que deben cumplirse para otorgar a una persona funcionaria de la Universidad Estatal a Distancia la condición de catedrático(a) y catedrático(a) honorífico(a).
De acuerdo con el artículo dos del reglamento, “La condición de catedrático representa la mayor distinción académica que la UNED otorga a una persona por sus méritos y éxitos alcanzados a lo largo de una carrera académica universitaria”.
En cuanto a los requisitos para ser catedrático(a), se estipularon dos: poseer la categoría de profesional cinco (P5) de la UNED y haber servido como profesor un mínimo de veinte años en una institución de educación superior universitaria de reconocido prestigio, con al menos un cuarto de tiempo en docencia de pregrado, grado y posgrado, de los cuales, al menos quince años de dicha labor docente deben ser en esta casa de estudios.
Como ya sucede, la nueva norma ratifica que le corresponde al Consejo Universitario hacer la declaratoria de catedrático(a), posterior, al informe de la Comisión de Carrera Profesional en el cual dará fe de que la persona solicitante cumple con los requisitos establecidos.
Además, se estipuló que la declaratoria de catedrático no implica ningún reconocimiento económico o salarial adicional al que corresponde por adquirir la categoría de P5.
Según lo establece el reglamento, dicha declaratoria puede ser otorgada a quienes presenten una incapacidad permanente o de manera póstuma, en el tanto se cumplan los requisitos estipulados.
Este reglamento fue aprobado por el Consejo Universitario durante la sesión 2670-2018, que se celebró el 21 de junio. Con su implementación, se derogaron los acuerdos anteriores adoptados anteriormente.
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