Con la entrada en vigencia del nuevo Reglamento de Autorización de Viajes al Exterior para los Funcionarios de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), aprobado recientemente por el Consejo Universitario, se regularán los requisitos y el procedimiento para la autorización de dicho acto.
“La normativa será de aplicación obligatoria para todos los funcionarios, incluyendo los que poseen la condición de becarios de la UNED o que con ocasión de sus funciones asistan en misión oficial o participen en representación de la Universidad, así como en actividades de carácter académico, de formación o capacitación, fuera del país”, indica el reglamento.
Entre otras disposiciones, el reglamento establece que el acuerdo de autorización de viaje del rector, el auditor y los miembros del Consejo Universitario será emitido por el Consejo Universitario y el de los demás funcionarios, por la Rectoría. Además, el de los funcionarios becarios la valorará previamente el Consejo de Becas Institucional (COBI) y la resolución final la dictará la Rectoría.
De acuerdo con el artículo 14, todo funcionario que concluya un viaje al exterior y hubiera recibido un beneficio económico deberá presentar la liquidación del viaje respectivo a la Oficina de Tesorería por medio de un formulario de liquidación, así como el informe del viaje a quien corresponda.
Ambas gestiones, puntualiza, deberán realizarse en un plazo máximo de siete días hábiles posteriores al regreso a su sede de trabajo o a su incorporación a este.
La administración procederá con el cobro a aquel funcionario que no presente la liquidación y no se le otorgarán nuevas autorizaciones de viajes al exterior.Aunado a lo anterior, los funcionarios de la UNED, que realicen un viaje al exterior en ocasión de sus funciones, deberán presentar, en un plazo máximo de un mes, en la secretaría de la Rectoría, un informe del viaje.
En el caso del Rector, miembros del Consejo Universitario y Vicerrectores y Auditor dicho informe se presentará en la secretaría del Consejo Universitario.
En el caso de actividades de carácter académico, además de lo anterior, el funcionario deberá entregar al Centro de Información, Documentación y Recursos Bibliográficos (CIDREB), a la Dirección de Internacionalización y Cooperación (DIC) y cuando corresponda al COBI, una copia del informe en un plazo máximo de un mes.
Adicionalmente, deberán brindar, en un plazo máximo de tres meses a partir de su incorporación, una presentación ante sus pares y la jefatura inmediata sobre los alcances y los posibles beneficios institucionales de la actividad en la que participaron. Tanto la entrega del informe como la presentación ante los pares serán requisitos para que se autorice un nuevo viaje al exterior.
Otra disposición consiste en que la persona que ejerza la Rectoría de la Universidad deberá informar al Consejo Universitario, en marzo de cada año, los viajes al exterior autorizados a los funcionarios en el año anterior. Destacará los beneficios institucionales obtenidos.
Este reglamento deroga cualquier otra normativa institucional relacionada con viajes al exterior de los funcionarios de la UNED.
El Consejo Universitario aprobó dicho reglamento durante la sesión 2618-2017, que celebró el 21 de setiembre del presente año.
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