La deuda del Gobierno central, a través de los años, se ha originado, principalmente, por el crecimiento del gasto corriente por encima de los ingresos corrientes. Esta situación ha provocado que el Gobierno tenga que emitir deuda para cubrir dicha brecha.

Por esa razón, el objetivo del Proyecto de Ley de Responsabilidad Fiscal de la República, expediente N° 19 952 es proponer una regla fiscal que limite el crecimiento del gasto corriente en la relación Gobierno central versus el Producto Interno Bruto (PIB).

¿Qué es el gasto corriente? La estimación del crecimiento del gasto corriente estará determinada por dos variables: por un lado, el nivel de deuda del Gobierno central como porcentaje del PIB y, por el otro, el crecimiento promedio del PIB real para los últimos cuatro años anteriores al año de formulación del presupuesto nacional.
 
Por su parte, “las reglas fiscales tienen como propósito mantener las finanzas públicas en una senda sostenible, mediante el manejo responsable de los recursos públicos”, se argumenta en la exposición de los motivos del mencionado proyecto. En definitiva, esta figura establece una restricción de largo plazo a la política fiscal.

En el caso concreto de esta regla fiscal, de conformidad con el artículo dos propuesto, se aplicará a los presupuestos de los entes y órganos del sector  público no financiero.

Según el artículo 16, el superávit libre generado por la aplicación de la regla en las entidades que reciben transferencias del presupuesto nacional deberá reintegrarse al presupuesto nacional en el año siguiente a aquel en que se generó dicho superávit, para ser utilizado en la amortización de deuda o en inversión pública.

Sin embargo, en el capítulo tres se establecen las instituciones que quedarán exentas a la aplicación de la regla fiscal. La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), únicamente en lo que se refiere a los recursos del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que administra la entidad, y todas las empresas públicas que participen de forma directa en cualquier actividad abierta al régimen de competencia, pero solo en lo relativo a dicha actividad.  

Ante este panorama, el Consejo Universitario de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) indicó a la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa que no objeta el proyecto, no obstante, solicitó “que se exceptúe a las universidades de su aplicación en cuanto a la administración del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES).

El Consejo Universitario tomó este acuerdo durante la sesión 2574-2017, la que se celebró el 16 de febrero del año en curso.