Según el X Censo Nacional de Población y VI de Vivienda, 7,8% de la población costarricense se considera afrodescendiente, además de que la discriminación racial en Costa Rica está vigente; al menos, esas son parte de las justificaciones del proyecto de ley que se impulsa en la Asamblea Legislativa.

De acuerdo con el documento, 30 000 hogares afrodescendientes en el país viven en pobreza y 9000 de esos viven en condiciones de pobreza extrema; por tal motivo, piensan que el cambio cultural que los afrodescendientes exigen requiere, necesariamente, del abordaje de dos temas.

Por un lado, la divulgación educativa de la historia desde una posición más comprensiva de lo que hoy se enseña en la educación oficial, aunque dicha historia resulte cruel. Por el otro lado, el reconocimiento del papel de la persona negra en la construcción de la nación costarricense, más allá de su aporte como “mano de obra”.

En concordancia con lo expuesto, en el proyecto, se establece que existen, al menos tres grandes áreas en las que las acciones afirmativas resultan urgentes: educación, empleo, cultura.

En el campo del empleo y la educación, dicha ley regula un porcentaje que debe ser ocupado por afrodescendientes. El artículo 3, por ejemplo, regula que toda institución pública, debe destinar 7% de los puestos de trabajo vacantes al año a dicho sector de la población. El artículo 4 indica que el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) debe destinar 7% de los cupos en cada una de sus ofertas educativas a la población afrodescendiente. Las dos medidas indicadas serían por un plazo de diez años contados a partir de la entrada en vigencia de la ley.

En el campo de la cultura, el artículo 6 indica que el Estado debe estimular la apertura de espacios públicos dedicados a la información, al análisis y a la discusión de la temática de la población afrodescendiente, desde el punto de vista educativo y cultural.

De acuerdo con el criterio de la Oficina Jurídica: “Este proyecto guarda una estrecha semejanza con la Ley 19.122 de Uruguay, la cual fue firmada en dicho país el 21 de agosto de 2013; ley por la cual se establecen normas para favorecer la participación en las áreas educativa y laboral de los afrodescendientes”.

Por otra parte, sostiene que dicho proyecto completaría la legislación vigente en el país, no solo regulando la antidiscriminación, sino también incluyendo medidas justas para alcanzar una verdadera igualdad.

Así pues, el Consejo Universitario acordó indicarle a la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa que apoya la aprobación del proyecto Ley de acciones afirmativas a favor de las personas afrodescendientes. Expediente 19.628. Lo anterior, en sesión 2482-2015, celebrada el 19 de noviembre del 2015.