Fuente: http://www.comex.go.cr/prensa/Paginas/CP-1059.aspx 

 

  • Positiva consulta interna en ambos países en materia de servicios financieros permitió el cierre de la negociación. 

 Esta mañana el Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz y el Jefe Negociador Fernando Ocampo, anunciaron oficialmente el cierre de la negociación para el Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y Singapur.

 

 Dos semanas después de la IV Ronda de Negociación, celebrada en Costa Rica del 8 al 15 de enero, en la que se acordaron todos los textos del tratado y luego de que ambos países realizaran consulta internas relacionadas con una propuesta pendiente en materia de servicios de inversión, ambos Ministros se comunicaron vía telefónica para confirmar el acuerdo y congratularse por los resultados.

 

El Ministro Ruiz expresó su complacencia por el gran paso que ha dado Costa Rica en su relación comercial con Asia y aseguró que este tratado es una plataforma de oportunidades que permitirá el crecimiento del comercio y la inversión bilateral futura entre los dos países.

 

Por su parte, el Jefe Negociador Fernando Ocampo, resaltó los beneficios que este acuerdo traerá para Costa Rica, pues permitirá incrementar la lista de más de 60 productos que hoy se exportan a Singapur.  Además, comentó que el acuerdo alcanzado en materia de servicios e inversión, permitirá incrementar las oportunidades en estas áreas sobre la base de la  legislación costarricense actual.

 

Lo único que queda pendiente es el proceso de revisión legal de los textos del acuerdo, que se espera se realice en el mes de marzo en Singapur y la firma por parte de los Ministros de Comercio de ambos países, en una fecha todavía por definir.

 

 Resumen de resultados

 (Acceso a Mercados)

 

Plazo desgravación

 

Plazo

desgravación

Número de Líneas

   Porcentaje

 de Líneas

 Comercio bilateral US $         

Porcentaje del Comercio

LCI

 

 5.947

 

90,6%

 

 22.084.578

 

79,1%

 

5 años

 

 9

 

0,1%

 

 3.270

 

0,0%

 

10 años lineal

 

 602

 

9,2%

 

 2.096.328

 

7,5%

 

5 gracia+5 lineal=10

 

 6

 

0,1%

 

 3.745.233

 

13,4%

 

Total

 

 6.564

 

100,0%

 

 27.929.410

 

100,0%

Costa Rica ubicó un 90,6% de las líneas arancelarias en libre comercio inmediato, mientras que 0,1% (equivalente a 9 líneas) serán desgravadas a 5 años plazo y el 9,3% restante será desgravado a 10 años plazo. En términos de comercio, el 79% de lo que se importa de Singapur quedó en libre comercio inmediato a la entrada en vigencia del Tratado y el restante 21% quedó en desgravación a 10 años plazo.

 

Por su parte, Costa Rica aseguró el ingreso del 100% de sus productos y de sus exportaciones a Singapur libres del pago de aranceles, a partir de la entrada en vigencia del Tratado. A continuación algunos ejemplos de los productos acordados en cada categoría de desgravación:

CATEGORIA A (libre comercio inmediato):

 

  • Carne fresca, refrigerada o congelada bovina, porcina y de aves.
  • Leche y productos lácteos.
  • Plantas vivas, hortalizas, plantas, raíces y tubérculos excepto tomate, cebolla, frijol y papa.
  • Frutas, café, té y especies, excepto jengibre, tomillo, laurel y curry.
  • Cereales.
  • Bebidas, líquido alcohólicas y vinagre, excepto aguas algunos rones y alcohol etílico absoluto.
  • Sal, yesos y cementos, minerales metalíferos, combustibles minerales; productos químicos inorgánicos y orgánicos, farmacéuticos, abonos

CATEGORIA B (desgravación a 5 años plazo):

 

  • Fusibles y contra circuitos de fusibles de seguridad
  • Interruptores
  • Conectores de fibras ópticas
  • Cuadros, paneles, armarios y demás soportes para el control y la distribución de la electricidad

 CATEGORIA C (desgravación a 10 años plazo):

 

  • Pescados fresco y refrigerado como: Lenguados, Bacalaos, Eglefinos, Carboneros, Caballas, Escualos, Anguilas, Pez Espada, Pargos, Dorados, Cabrillas, Corvinas, Marlines, Tilapias y Meros. Filetes o refrigerados como: pargos, dorados, cabrillas, corvinas, marlines.  Pescado seco, salado o en salmuera: hígados, huevas y lechas de pescado, filetes de pescado, bacalaos, crustáceos congelados como langostas, camarón, cangrejos y los demás incluidos la harina, entre otros.
  • Cebolla, tomate, frijol, papa.
  • Arroz, descascarillado, partido y otros arroz, semiblanqueado o blanqueado
  • Preparaciones y conservas de pescado entero y en trozos (salmones, arenques, sardinas), atunes, listados y bonitos.
  • Artículos de confitería sin cacao; chicles y demás gomas de mascar
  • Papa procesada, jugo de naranja y manzana congelado o sin congelar, mermeladas y jaleas.
  • Ketchup, preparaciones para sopas y algunas preparaciones alimenticias compuestas.
  • Papel higiénico, pañuelos, toallitas de desmaquillar, toallas, manteles, servilletas, los demás sacos, bolsitas, cucuruchos, envases incluidos las fundas para discos, cartonajes, clasificadores, encuadernaciones y etiquetas impresas.
  • Fregaderos de porcelana y los demás.